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RESICO: ¿CÓMO IMPACTA A TU NEGOCIO?

¿Conoces las nuevas disposiciones en materia fiscal para este 2022? Te explicamos cuáles son y cómo afectan a tus contribuciones.

Por: Marisol García Fuentes Swipe

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Tanto si estás pensando en emprender, como si tienes un negocio operando, es importante que conozcas las disposiciones en materia tributaria. La Miscelánea Fiscal 2022 aprobó la adición del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Fue a partir del 31 de enero pasado cuando entraron en vigor las nuevas obligatoriedades de los contribuyentes, que buscan fortalecer el ejercicio de recaudación y también simplificar la tramitología para las personas que declaran desde otros regímenes.

Para conocer los cambios en la materia, consultamos a Óscar Meza, rector del Instituto de Especialización para Ejecutivos.


Una de las primeras preguntas que un emprendedor se hace al comenzar su aventura en el mundo de los negocios es en qué régimen fiscal debe inscribirse o qué pasos seguir para tributar en tiempo y forma a fin de cumplir con las disposiciones fiscales.

Al respecto, Meza considera que un emprendedor, al estar concentrado en su talento y creatividad para hacer riqueza, debe buscar el acompañamiento y asesoría de un profesional capacitado y actualizado no solo en las normas tributarias, sino en los códigos civiles, penales, y en la Ley General de Sociedades Mercantiles.


RESICO y sus particularidades

Las reformas para el ejercicio 2022, junto con las reglas misceláneas establecieron varios cambios importantes en sistemas de tributación. Uno de ellos referente al Impuesto Sobre la Renta (ISR), que aprobó la adición del RESICO tiene varias peculiaridades.

Para la determinación de los impuestos, el contribuyente necesita tener claro que todos sus ingresos efectivamente cobrados serán la base para el impuesto que tendrá que pagar y va desde un 1% al 2.5% del pago máximo para poder establecer la contribución de forma mensual.

¡Ojo! Este régimen no acepta deducciones. “Pero esto no quiere decir que el contribuyente deje de solicitar los Comprobantes Digitales Fiscales por Internet (CFDI) para comprobar la veracidad de que sus mercancías están dentro del sistema del sistema de la Secretaría de Hacienda Crédito Público (SCHP), en su órgano desconcentrado en el Servicio de Administración Tributaria (SAT)”, advierte Meza.


Un régimen VIP

EL RESICO es una opción para contribuyentes con actividades empresariales (comerciales, industriales y del sector primario). También abre la puerta a los prestadores de servicios y a los arrendadores de bienes inmuebles.

 


Ventajas 

¿El pago del porcentaje se podría considerar una ventaja para los contribuyentes? Meza explica que todo depende de la programación de ingresos y deducciones que haga cada empresa al inicio del año. “Es lo que te va a dar la pauta de si te conviene o no el RESICO, o si debes optar por la Actividad Empresarial o el sistema tradicional de Arrendamiento”, apunta el especialista.

Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto. Sin embargo, hay que tomar en cuenta que la tasa del ISR a personas físicas durante el 2020 fue de 25.4%, que es 10 veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.

Además, el RESICO permite disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas. El SAT como anualmente lo realiza, hará los cálculos y ofrecerá la declaración anual precargada que estará prácticamente lista, solamente para ser cotejada y pagar.

 


Las personas morales

Para las personas morales el Régimen Simplificado de Confianza no es una opción, sino una obligación, siempre y cuando no se rebase de 35 millones de pesos en el ejercicio.

Ellos trabajarán con ingresos efectivamente pagados, menos deducciones autorizadas y se le aplicará al resultado la tasa corporativa del 30%. Ellos están obligados a pagar el IVA y a todas las cuestiones importantes que establecen las legislaciones relacionadas.

El RESICO en personas morales tampoco acepta a cualquier contribuyente. Si alguno de los socios o accionistas tiene otra empresa no podrían estar dentro de RESICO.


Otra de las ventajas es que algunos porcentajes de depreciaciones (demeritación del activo fijo con base al tiempo) aumentan, siempre y cuando el conjunto de adquisiciones de activos fijos en el año calendario no rebasen los 3 millones de pesos.

Este nuevo régimen otorgará mayor liquidez a estas personas morales, porque pretende que las empresas tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos. ¿Cómo se obtiene esta liquidez? Por dos vías: 1) A partir de 2022 estas personas morales pagarán sus impuestos únicamente cuando su facturación sea cobrada. 2) Al comprar maquinaria y ciertas inversiones pueden deducirlo para pagar menores impuestos. Con el RESICO seguirán deduciendo, pero en menor tiempo y con mayores tasas.


El Régimen de Incorporación Fiscal

La autoridad canceló la potestad de que los contribuyentes puedan darse de alta bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) a partir de este año. Sin embargo, la reforma establece que todas los contribuyentes que venían tributando antes del 31 de agosto de 2021 bajo el RIF pueden optar por cambiarse al RESICO, permanecer en él hasta concluir su periodo o trasladarse al Régimen de Actividades Empresariales.

Si te encuentras en el RIF y no presentaste tu Aviso de actualización de obligaciones y actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2022 para continuar en él, a partir del 1 de febrero pertenecerás al Régimen Simplificado de Confianza, advierte el rector del Instituto de Especialización para Ejecutivos. Y advierte: “Algunos se preocupan por la salida de cada centavo; otros por la entrada de cada peso. La persona sabia se preocupa de ambas cosas”.

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